Sres. Escribanos:
Hacemos extensivo el comunicado enviado por el CFNA:
El viernes 09 de Agosto de 2024 se publicó en el Boletín Oficial y comenzó a regir la Resolución 5544/2024 de AFIP reglamentaria de una de las previsiones del paquete fiscal obrante en la Ley 27.743 (artículo 61) y el decreto 608/24 en orden al denominado REIBP (Régimen especial de ingreso del Impuesto a los bienes Personales).
Si bien en su artículo 23 designa a los escribanos como agentes de retención cuando autoricen Escrituras de Donación o Compraventa por debajo del valor de mercado entre parientes, aún no existe el universo de contribuyentes al que va dirigido la norma ya que el Régimen no está operativo y se han prorrogado las fechas de vencimiento de la presentación de Bienes Personales junto con esta alternativa.
Es por ello que el Consejo Federal del Notariado Argentino se halla en comunicación con funcionarios de Afip para ultimar detalles de interpretación y junto con la asesoría tributaria preparar un instructivo y cuadros para la aplicación efectiva del nuevo régimen.
Atentamente
Secretaria del Colegio.-