DNRPA: Autorizaciones para Conducir

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Comunicamos a los Sres. Escribanos nota recibida del Consejo Federal del Notariado Argentino, en el día de la Fecha, sobre la PRORROGA en el sistema SISTEMA ACyET (autorizaciones para conducir y de exportación temporaria)

 

 

Buenos Aires, 4 de Febrero de 2015 Colegio Escribanos Colegio Notarial

Señor/a Presidente
Presente
Ref.: Registración de las autorizaciones para conducir otorgadas en sede notarial. Prórroga del plazo para la aplicación de procedimiento implementado en la nota DN 557/2014. Nos dirigimos a usted de acuerdo a lo prometido en la nota que enviáramos en el día de ayer, para remitirle en archivo adjunto la nota DN Nº 51/15 comunicación oficial de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, recepcionada en la mañana de hoy, por la que se prorroga el plazo establecido en la nota DN 557/14 y nota DN 592/14, ahora hasta el día 27 de febrero de 2015.

 

Ver Nota DN 51/15


 

Sres. Escribanos/as: PAUTAS A TENER EN CUENTA

 

Nos dirigimos a Ud./s a los efectos de comunicarles las pautas a tener en cuenta para cumplimentar las nuevas disposiciones impartidas por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la propiedad Automotor y de Créditos prendarios .Al respecto cabe señalar que se deberán cumplimentar los siguientes pasos a efectos de cumplir con todos los recaudos solicitados y evitar inconvenientes al otorgamiento de dichos instrumentos en sede notarial y su posterior circulación ante las autoridades de contralor, a saber:1) Luego de darse de alta como Escribano Público en el sistema ACyET (Link) , con su respectivo nombre de usuario y contraseña, y correo electrónico, es importante que la primera vez que ingrese al “Menú  ALTA, en el campo Nº Matricula / Carnet Ingrese su NUMERO  de COLEGIADO, luego complete las otras opciones.-

 

En el lugar donde dice Nº Registro si es TITULAR O ADSCRIPTO coloque su número de REGISTRO

En caso de ser COLEGIADO HABILITADO déjelo vacío, pues ya figura su número de Colegiado que es con el que la dirección lo registrará, y el colegio notarial validará esta información.-

2) Respecto a la Serie y número de FOJA debe ingresar el dato de la FOJA MOVIL utilizada en la autorización, y con el fin de unificar criterios:

 

-Para el caso de AUTORIZACIONES realizadas EXTRAPROTOCOLARMENTE, lo que se debe consignar es la Serie y Número de la Foja de CERTIFICACION DE FIRMAS.-

Si la AUTORIZACION se realiza en Escritura pública, la foja que debe ingresar es la del CONCUERDA NOTARIAL,  completando el número y serie de dicho sellado.-

Luego de completar el Formulario de ALTA, debe proceder a GRABAR todo lo declarado.

Una vez realizados los pasos anteriores, debe IMPRIMIR el correspondiente formulario que le emite el sistema para su posterior entrega en el Colegio de Escribanos.

El Colegio de Escribanos, una vez recepcionado el formulario con el número que le emite el sistema para identificar la autorización declarada, procederá a validarla a través del sistema de la DNRPA.

-Hay que tener en cuenta que para optimizar y facilitar la comunicación de estos instrumentos al Colegio Notarial, las autorizaciones realizadas por Escribanos del interior de la Provincia, luego de la impresión el mismo, deberá ser enviada al Colegio de Escribanos vía e-mail, a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , con el asunto VALIDACION AUTORIZACION PARA CONDUCIR,  para así proceder conforme a las disposiciones vigentes e ingresar su posterior validación.

-Recuerde que las autorizaciones solo estarán disponibles luego que el Colegio de Escribanos VALIDE los datos por Ud. ingresado.-


Recuerde también que estas validaciones se realizarán en el horario en que funcione el Colegio de Escribanos en la Sección sistemas, o sea de 8,00 a 14,00 horas, puesto que solo se podrán VALIDAR las mismas a través de sede central, por el reducido número de personas autorizadas por colegio para tal fin.-
Le rogamos que arbitren los recaudos de previsión en cuanto al tiempo en que se realicen estos instrumentos con sus requirentes, para evitar inconvenientes en la circulación de estos instrumentos, teniendo en cuenta el período vacacional en el país.

Ver instructivo sobre la operatoria del Sistema

Atentamente

Secretaría y Dpto. de Sistemas

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