El pasado viernes 23 de marzo, con gran convocatoria en el Salón Auditórium de OSDE, el Escribano Juan Carlos Dallaglio diserto acerca de la Reforma Tributaria, más específicamente sobre el Impuesto a las Ganancias e Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, teniendo en cuenta la Ley 27430 desde el enfoque del interés notarial.

El Escribano santafesino Dallaglio explicó sobre la creación de un nuevo hecho imponible para las personas humanas al momento de la transferencia de inmuebles, la cual estará alcanzada por el Impuesto a las Ganancias y no por el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles como lo hacía hasta ahora. Cuando el inmueble que se transfiere haya sido adquirido con posterioridad al 01 de enero de 2018.-

Las situaciones incluidas en el impuesto a las ganancias

de las personas humanas a titulo oneroso son:

Inmuebles adquiridos a titulo oneroso por personas humanas con posterioridad al 01/01/2018, no afectados a explotación.

Inmuebles adquiridos a título gratuito por personas humanas, no afectados a explotación, cuando el causante o el donante los hubiera adquirido con posterioridad al 01/01/2018.

Inmuebles adquiridos por personas humanas por boleto de compraventa con entrega de posesión y fecha cierta posterior al 01/01/2018, se otorga escritura y luego se transfiere en forma onerosa.

Adhesión a fideicomisos inmobiliarios por personas humanas mediante instrumento de fecha cierta posterior al 01/01/2018, cede sus derechos con o sin posesión. 

 

En la actualidad en virtud de la Resolución General de AFIP 4190-E los Escribanos no se configuran aún como agentes de retención de dicho impuestos, pudiendo serlo en el futuro. 

Ante esta gran convocatoria de profesionales se expusieron casos prácticos, expresando las opiniones de los concurrentes y dándose lugar al debate entre colegas.