Sres. Escribanos:
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted, con el objeto de hacer extensiva la COMUNICACIÓN enviada por la Dirección General de Archivo del Poder Judicial de esta Provincia el 01/02/2019, en la cual establece que se recibirán los protocolos en condiciones de ser presentados para su guarda durante el mes de FEBRERO a los notarios cuyo apellido comience con las letras A a L; y en el mes de MARZO aquellos de las letras M a Z, ello solo a los efectos de facilitar las tareas relativas a la recepción.
Asimismo, recuerdan que los Protocolos deberán: 1) Encontrarse aprobados por Inspección General de Personas Jurídicas. 2) Hallarse foliados correlativamente incluyendo toda la documental acompañada. 3) Contener Índice con detalle de actos jurídicos realizados y parte intervinientes (Art. 72, Ley 1482). 4) Presentarse correctamente encuadernados con nota adjunta de estilo hasta el 29 de marzo del año 2019 a las 13.00 hs. art.187 y 188 del Reglamento interno para la Administración de Justicia (RIAJ)-
Además, informan a los notarios que presentan sus protocolos en la DELEGACION DE ARCHIVO DE GOYA (pertenecientes a la 2da circunscripción: Goya, Esquina, Lavalle y San Roque; y los profesionales que ya presentaron en alguna oportunidad en esa delegación), que lo realicen a partir del día 18 de febrero del corriente año, por razones de organización.-
Secretaria
Colegio de Escribanos de Corrientes
Sres. Escribanos:
Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, con el objeto de ponerlos en conocimiento de la comunicación remitida por la Dirección General de Catastro y Cartografía de Corrientes, en la cual informan sobre la ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO, dispuesto por Disposición Nº 039 de esa Dirección y Resolución Nº 0205 del Ministerio de Haciendas y Finanzas de la Provincia, vigente a partir del 01 de febrero del corriente año.-
Atte.-
Secretaría.-
Colegio de Escribanos de Corrientes.-
NOVEDADES: PLAZO DE INSCRIPCION Y ARANCEL
DIPLOMATURA EN PLANIFICACION SUCESORIA PATRIMONIAL Y EXTRAPATRIMONIAL
Buenos Días Estimados, tenemos en agrado de dirigirnos a ustedes con el objeto de informarles que este año contaremos con la capacitación de DIPLOMATURA EN PLANIFICACION SUCESORIA PATRIMONIAL Y EXTRAPATRIMONIAL, Alcances de la autonomía de la voluntad, organizados en conjunto por la Universidad Notarial Argentina y el Colegio de Escribanos de Corrientes.-
Las clases se desarrollarán en la sede del Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes, sito en calle 9 de Julio N°1165/1173, las clases están previstas los viernes, de 9 a 13 y de 14 a 18 horas.
FECHAS
12 de abril
10 de mayo
14 de junio
12 de julio
23 de agosto
20 de septiembre
18 de octubre
8 de noviembre
ARANCEL
Cuota por Modulo: $2500 (pesos dos mil quinientos)
10% de descuento al pago total de la Diplomatura
PROGRAMA
MODULO 1:
Persona y Familia: Directivas anticipadas: Una forma de planificación sucesoria no patrimonial.
Introducción al tema de la Planificación sucesoria. Planificación patrimonial y no patrimonial. Las herramientas que se pueden utilizar para planificar la herencia: Instrumentos de planificación.
Planificación sucesoria no patrimonial: Autoprotección. Derechos y actos personalísimos. Consentimiento informado para actos médicos e investigaciones en materia de salud. Las directivas médicas anticipadas. Previsión de nombrar un tutor o curador. Exequias. Análisis de los arts. 59, 60 y 61 del CCyCN.
Posibilidad de superar la propia incapacidad a partir de las directivas médicas anticipadas y la conflictiva del art. 380, inc. h) del CCyCN.
Análisis de la Ley 26.742 sobre muerte digna, modificatoria de la ley 26.529, sobre “Derechos del Paciente en su relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud” y su relación con el notariado. Situación de los menores de edad frente a las disposiciones del art. 26 del CCyCN. Forma y modo de planificar. Los registros donde se inscriben. Doctrina, jurisprudencia.
La planificación patrimonial en la elección del régimen del matrimonio y sus efectos sucesorios.
Regímenes patrimoniales matrimoniales y de las uniones convivenciales. Efectos económicos del régimen de comunidad, de separación de bienes y convivencial en la sucesión del cónyuge o del conviviente. Los casos de pérdida de la vocación sucesoria del cónyuge supérstite en el CCyCN y su relación con la autonomía de la voluntad y las decisiones recaídas en pronunciamientos judiciales. Disolución del régimen por muerte de uno de los cónyuges.
MODULO 2:
Contratos sobre herencias futuras como forma de planificación sucesoria
I) Los pactos sobre herencia futura en el Código Civil y Comercial de la Nación. Dispensa de colación (art. 2385). Mejora a favor del heredero con discapacidad (art. 2448). Transmisión de bienes a legitimarios (art. 2461), entre otros.
Contratos sobre herencias futuras como forma de planificación sucesoria
II) La explotación productiva o las participaciones societarias y las disposiciones referidas a futuros derechos hereditarios (art. 1010). Forma de los pactos. Sujetos legitimados. Intervención o no de algunos o todos los futuros legitimarios. Los derechos de terceros. Eficacia de los pactos en el proceso sucesorio. Limitación de la legítima.
MODULO 3:
Cesión de herencia.
Cesión de universalidad o parte alícuota. Cesión de gananciales en ocasión de la indivisión postcomunitaria. Cesión sobre bien determinado. Forma. Legitimación. Eficacia.
Indivisión hereditaria (primera parte).
Indivisiones forzosas: Impuesta por el testador (art. 2330), pacto de indivisión (art. 2331) y oposición del cónyuge. El derecho real de habitación del cónyuge y del conviviente supérstites. Atribuciones forzosas. Oposición de algún heredero y la oponibilidad frente a terceros. Continuidad de los efectos del régimen de vivienda (art. 244 y ss) luego del fallecimiento del afectante.
Indivisión hereditaria (segunda parte)
Otros medios de extinción de la indivisión (art. 2403, 2do.párrafo). Partición: Formas de celebrar la partición: privada, provisional y judicial. La actual regulación del instituto de la licitación. Configuración de las hijuelas particionarias. Partición en especie. Aspectos registrales.
Partición por ascendiente. Posibilidad de adjudicación de los futuros bienes hereditarios a favor de los descendientes. La situación especial del cónyuge. Partición por donación. Ventajas o desventajas con respecto al contrato de donación. Partición por testamento. Fortaleza frente a la partición por donación.
MODULO 4:
El contrato de donación como forma de planificación sucesoria (primera parte).
Equivalencia y desigualdad patrimonial entre los coherederos. Estudio de la protección de la legítima. Acción de entrega, de complemento y reducción. Donaciones que afectan la parte disponible y la legítima del heredero afectado. Modos de impedir la reducción en especie por parte del donatario y sus sucesores. Divisibilidad de la cosa. Indivisibilidad, la porción mayor y el crédito a favor de la otra parte. La compensación dineraria de la legítima.
El contrato de donación como forma de planificación sucesoria (segunda parte).
La reducción como acción con efectos reales y reipersecutorios: situación del titular dominial y de los titulares de otros derechos reales (hipoteca, usufructo, servidumbre, superficie, entre otros). La llamada prescripción adquisitiva. Las donaciones simuladas bajo la apariencia de actos onerosos. Donaciones entre ausentes. Oferta y aceptación.
MÓDULO 5:
Derecho Registral.
Sucesión y aspectos registrales. Casos de tracto abreviado vinculados al derecho sucesorio. La inscripción de la declaratoria de herederos y la declaración de validez formal del testamento como asientos registrales autónomos. Inscripción de indivisiones hereditarias y particiones. Publicidad de los derechos reales de habitación del cónyuge y conviviente supérstites. Tratamiento registral de la cesión de acciones y derechos hereditarios y gananciales.
Legados.
Generalidades. Legados particulares. Objeto de los legados. Adquisición del legado y sus modalidades. Bienes que pueden ser legados. Legados prohibidos. Legado de cosa cierta y determinada. Entrega del legado. Legado de cosa gravada, de inmueble, de género, evicción en el legado de cosa fungible y en el legado alternativo, legado con determinación de lugar, legado de crédito, de liberación, legado al acreedor, de cosa ajena, de un bien en condominio, de alimentos y de pago periódico. Obligación de los legatarios. Deudas y cargas accesorias. Sucesión solvente e insolvente. Caducidad y revocación de los legados. Renuncia del legatario, renuncia parcial y legado plural. Análisis del caso “Cataneo”.
MODULO 6:
El testamento como forma de planificación sucesoria (primera parte)
Forma. Ológrafo y por acto público. La problemática del testamento cerrado. Procedimiento del testamento consular. La protocolización (art. 2646). Posibilidad de otorgamiento de testamento por parte de menores emancipados por matrimonio. Contenido testamentario: Institución de herederos y legatarios. Conflicto con relación a la institución de heredero de un no legitimario con los herederos convocados por la ley.
El testamento como forma de planificación sucesoria (segunda parte)
Fideicomiso testamentario. Concepto. Características del contrato. Elementos. Clases de fideicomiso. Dominio fiduciario. Forma y contenido del fideicomiso testamentario. Fines y modalidades. Diferencias entre la sustitución fideicomisaria y el fideicomiso testamentario de la ley 24.441. El fideicomiso testamentario y la legítima: fideicomiso e intangibilidad de la legítima. Imposibilidad de poner condiciones y gravámenes a la legítima. Fideicomiso testamentario e incapacidades para suceder. Fideicomiso testamentario y división de la herencia. Fideicomiso y transmisión de la herencia. Fideicomiso testamentario y sustitución fideicomisaria. El fideicomiso testamentario, los regímenes patrimoniales matrimoniales y las disposiciones comunes a ambos. Nulidad y extinción del fideicomiso testamentario.
MÓDULO 7:
Empresa familiar
Estrategias para el control de sus efectos al tiempo del fallecimiento de algunos de sus miembros. Fraude entre cónyuges. Intervención de progenitores e hijos tanto mayores como menores de edad. Familias ensambladas.
Temas de capacidad restringida y de incapacidad. El emprendedurismo, las sociedades anónimas simplificadas y las sociedades de la Sección IV alcanzadas por el fallecimiento de uno de sus integrantes. Pymes.
MODULO 8:
Práctica Documental.
Análisis de cláusulas contractuales y modelos
DIRECTORA María Cristina MOURELLE de TAMBORENEA
COORDINADOR Javier H. MOREYRA
Integran el Cuerpo docente de la Diplomatura, entre otros:
Cristina ARMELLA
Gabriel CLUSELLAS
Néstor LAMBER
Cristina M. de TAMBORENEA
Javier H. MOREYRA
Esteban OTERO
Marta PIAZZA
Osvaldo PISANI
Sebastián SABENE
Karina SALIERNO
PLAZO DE INSCRIPCION: hasta el 20 de marzo de 2019
Sres. Escribanos:
Les informamos que aquellos que adviertan que en el sistema domiciliario de la Dirección General de Rentas no puedan generar la cuota 2 del mes actual, deberán actualizar nuevamente el archidomi. Ello atento a que el que está subido a la fecha en la web de la DGR contiene el calendario anual de los dos vencimientos de las quincenas (cuota 1 y 2) y el anterior solo hasta junio.-
Atte.-
Colegio de Escribanos de Corrientes.-
El Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes COMUNICA a todos sus Colegiados que por Nota Nº 35/18 recepcionado el 11/01/2019 por esta Institución, el Escribano JORGE E. LECONTE VIDAL, comunica que ha tomado conocimiento, al solicitarle antecedentes de la cesión de derechos del Acta 52 del Libro II realizado en 1996, presuntamente firmado por el mismo.
El citado profesional indica que se trata de un Acta inexistente ya que no coincide con las actas y numero de requerimiento de su Libro.
El objeto de la presente el ADVERTIR a nuestros colegas, por cuanto tengan en cuenta respecto a la circulación de la documentación mencionada, que no es autentica.
Atte.
Secretaria.
Colegio de Escribanos Corrientes.-
NOVEDADES
CONSEJO FEDERAL DEL NOTARIADO ARGENTINO
CONVENIO en el marco del PROGRAMA DE REPARACION HISTORICA
Resolución General AFIP 4069/17: El CFNA recuerda sobre la vigencia de la Resolución General AFIP 4069/17 del 07/06/2017, la que establece que no es necesario presentar facturas a ANSES. Una vez que el abogado presenta el acuerdo firmado, el operador completa un formulario con los datos del escribano interviniente, y es enviado al sector Contabilidad para la liquidación del honorario.
Quienes tengan honorarios pendientes de cobro deben enviar al CFNA un detalle de las certificaciones realizadas con nombre y apellido de beneficiaria, número del beneficio, CUIL del beneficiario y fecha de certificación.
Ver texto completo de la norma
PREMIO DE INVESTIGACION JURIDICA – UINL 2019
Se hace extensiva la carta del Presidente de la UINL, informando sobre el Primer Premio de Investigación Jurídica dispuesto a un trabajo inédito sobre personas con discapacidad, mayores, inmigrantes, infancia, refugiados u otros grupos que se encuentren en situación de vulnerabilidad, antes del 31 de marzo de 2019. Se adjuntan también las bases.-
LEGALIZACIONES INTERNACIONALES – APOSTILLA – DOCUMENTACION CON DESTINO A EGIPTO
Toda la documentación que tenga como destino la República Árabe de Egipto deberá ser legalizada internacionalmente-apostillada, exclusivamente, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, no pudiendo realizarlo ningún Colegio Notarial.-
Atte.-
Secretaría.-
Colegio de Escribanos de Corrientes.-
El Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes informa que por Resolución de Comisión Directiva Nº 78 del 29/10/2018, dictada en el marco del expediente Nº 2608/16, recaratulado: “INSTRUCCIÓN DE SUMARIO A LA ESC. MARIA EUGENIA ANTON P/ IRREGULARIDADES EN LOS LIBROS VIII Y IX DE REQUERIMIENTOS A SU CARGO”, le fue aplicada a la Escribana MARÍA EUGENIA ANTON, Colegiada Nº1000, con asiento en esta ciudad de Corrientes, la sanción de DESTITUCIÓN en sus funciones notariales con la consiguiente cancelación de la matrícula profesional y cese de su condición de colegiada.
NUEVA SEDE DE LA DELEGACION CURUZU CUATIA
DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
Estimados colegas, nos complace anunciar con gran satisfacción y alegría que el día de la fecha en la sede del Colegio de Escribanos de Corrientes, se firmó la Escritura de compra de un inmueble sito en la Ciudad de Curuzú Cuatía, que será destinado al funcionamiento de la sede de la delegación del colegio de Escribanos en dicha ciudad.
Esto es la concreción del anhelado objetivo por parte del gran número de colegas que desarrollan su profesión en la zona, lo que significa el avance y crecimiento de nuestra actividad en el interior de la Provincia, así como el afianzamiento de los lazos institucionales y personales entre los colegiados locales.
Es por ello que todo el notariado de la Provincia les augura el mayor de los éxitos en este nuevo camino.
Sres. Escribanos:
Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, con el objeto de ponerlos en conocimiento de la Resoluciones de Comisión Directiva Nº 93 y 94 referentes a: BONIFICACION DE CUOTAS SOCIALES 2019 y FUNCIONAMIENTO DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS EN EL MES DE ENERO/19.-
Atte.-
Secretaría.-
Colegio de Escribanos de Corrientes.-