De acuerdo con lo dispuesto por el RENAPER por Resolución Nro 1740/2016, se extiende el plazo establecido para renovar los DNI hasta el 31 de marzo de 2017.
A partir de ese plazo los DNI formato tarjeta serán los únicos válidos. Ello significa que las "libretas" actualmente vigentes, en todos sus formatos (Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica, Libreta "verde" y Libreta "celeste") caducarán y no podrán ser aceptadas para ninguna clase de trámite.
¿El Nuevo DNI LIBRETA CELESTE será válido?
Si, es válido. Si usted posee un DNI Libreta "celeste" y el DNI tarjeta otorgado simultáneamente con la Libreta, no debe preocuparse ya que el DNI tarjeta mantiene su vigencia, más allá de la caducidad de la Libreta.
Recuerde que mantener la documentación vigente y al día es responsabilidad y obligación de cada ciudadano.
¿Quienes están exceptuados de renovar el DNI?
Están exceptuados las personas mayores de 75 años de edad y los incapaces declarados judicialmente.
Para mayor información puede ingresar al sitio del Registro Nacional de las Personas a través del siguiente vínculo: http://www.nuevodni.gov.ar/
" EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS RESUELVE: ARTÍCULO 1° — Prorrógase el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución N° 617/2016 de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del actual MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, hasta el 31 de Marzo de 2017, en las mismas condiciones establecidas en un todo por dicha norma".